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Protección y Salud

Más Salud

​​​​​En SURA contamos con el seguro Más Salud, un seguro voluntario que cubre gastos médicos de alto costo de quien lo contrata y también de sus beneficiarios (cónyuge, conviviente civil e hijos), durante su vigencia. Este seguro reembolsa el 100% de las prestaciones ambulatorias y hospitalarias ocurridas por enfermedad o accidente, después de hacer uso del plan de salud previsional.


Beneficios:

  • ​​Puedes elegir a los médicos y donde atenderte, sin restricción, con la misma cobertura en todos los casos. 
  • Dispone de un capital asegurado de UF 35.000 por asegurado y por evento. Desde los 70 años el capital se reduce a UF 10.000 para el asegurado titular y cónyuge, hasta los 100 años.​
  • Cubre parte de los gastos médicos producidos en el extranjero (tope 50%).
  • Cuenta con un seguro por muerte accidental de regalo, con un capital de UF 500 para el titular, UF 250 para tu cónyuge (incorporado a la póliza).
  • Permite incorporar nuevos asegurados a medida que tu familia crece: cónyuge o conviviente civil, previa evaluación de salud. Además los hijos podrán contar con la cobertura desde el nacimiento, si son incorporados durante el embarazo a partir del séptimo mes de gestación, sin evaluación de riesgo(válido para pólizas con vigencia de un año), o desde los 14 días de nacidos con evaluación de riesgo.
  • Lo hijos pueden permanecer hasta los 24 años, pudiendo obtener el beneficio de continuidad de cobertura al contratar una nueva póliza, sin evaluación antes de cumplir la edad máxima de permanencia como asegurado dependiente.​

Exclusiones

  • ​Enfermedades, dolencias o situaciones de salud diagnosticadas o conocidas por el Asegurado o por quien contrata a su favor, antes de la contratación del seguro. Para los efectos de la aplicación de esta exclusión, al momento de la contratación la Compañía Aseguradora deberá consultar al Asegurable acerca de todas aquellas enfermedades, dolencias o situaciones de salud que pueden importar una limitación o exclusión de cobertura. ​
  • Embarazo, complicaciones del embarazo, parto normal o parto por cesárea, complicaciones del parto y Maternidad en general.
    Gastos de Hospitalización y Ambulatorios a consecuencia de maternidad o de embarazo, por la pérdida que resulte del embarazo y por enfermedades a causa del embarazo.​
  • Tratamientos de esterilidad o fertilidad y complicaciones de ellos.
  • Enfermedades psicológicas y psiquiátricas.
  • Cirugías y/o tratamientos estéticos, cosméticos, plásticos, reparadores, maxilofaciales, ortopédicos y otros tratamientos que sean con fines de embellecimiento, a menos que sean necesarios para el tratamiento a causa de un accidente que ocurra mientras el Asegurado se encuentre amparado por este contrato de seguro. Todo tipo de exámenes dentales, extracciones, empastes y tratamiento dental en general, incluidos los tratamientos maxilofaciales, siempre que no estén incluidos dentro de lo definido en Cirugía Dental por Accidente descrita en el Artículo 3 de esta Póliza.
  • Cirugías y/o tratamientos estéticos, cosméticos, plásticos, reparadores, maxilofaciales, ortopédicos y otros tratamientos que tengan por objetivo corregir malformaciones congénitas.
  • Tratamientos ortopédicos, de sobrepeso y de obesidad.
  • Cualquier tipo de órtesis o prótesis. La cirugía y/o tratamiento por sobrepeso o por obesidad independientemente del grado de sobrepeso u obesidad del Asegurado, sus tratamientos, consecuencias y complicaciones. Estudios y tratamientos por talla baja, gigantismo y todo tipo de hormonas del crecimiento, así como también Antagonistas LH y RH.
  • Tratamientos médicos causados por la ingestión voluntaria de somníferos, barbitúricos, drogas y demás sustancias de efectos análogos o similares y de cualquier lesión y/o enfermedad derivada de dicha ingestión.
  • Tratamientos o enfermedades derivadas por adicción a drogas, alcoholismo o tabaquismo y sus consecuencias.
  • Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida - SIDA - o que el Asegurado sea portador del V.I.H. (Virus de Inmunodeficiencia Humano) y por enfermedades asociadas, incapacidades, desórdenes, lesiones, operaciones y tratamientos relacionados con la condición de portador del V.I.H. o el SIDA que padezca el Asegurado. Curas de reposo, cuidado sanitario, períodos de cuarentena o aislamiento.
  • Tratamientos o enfermedades derivadas por adicción a drogas, alcoholismo o tabaquismo y sus consecuencias.
  • Lesión o enfermedad causada por: - Manejar bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad. - Participación del Asegurado en actos calificados por ley como delitos.
  • Cirugía ocular correctiva, lentes o anteojos ópticos, aparatos auditivos, implante coclear y otras tecnologías que se desarrollen para corregir alguna alteración de los sentidos no producida por un Accidente.
  • Medicamentos, remedios, drogas e insumos ambulatorios distintos de aquellos prescritos al Asegurado por el médico tratante en relación con el evento.
  • Lesión, enfermedad o accidente a consecuencia de la ocupación del Asegurado, cubierta por la legislación de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. La realización o participación en una actividad o deporte riesgoso, que requieran o no de medidas de protección o seguridad para realizarlos.

 

 

 

 

Nota legal: * Seguros de Vida SURA S.A. cubre los riesgos mencionados de conformidad a las Condiciones Generales todas las cuales se encuentran incorporadas en el Depósito de Pólizas de la Superintendencia de Valores y Seguros. La información que contiene este documento sólo corresponde a un resumen de las coberturas del seguro. Para más información sobre coberturas, exclusiones y características del seguro, remitirse a las Condiciones Generales de la póliza, mencionada con anterioridad. * La contratación de e​ste seguro está sujeta a evaluación según Declaración de Salud.​